Boletín Oficial

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL - Disposición 110/2020 - DI-2020-110-APN-ANSV#MTR Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2020

VISTO el expediente EX-2020-16877662- -APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nº 24.449, Nº 26.363, los Decretos N° 13 del 11 de diciembre de 2015, N° 8 del 4 de enero de 2016; la Disposición ANSV Nº 207 de fecha 27 de octubre de 2009, y - CONSIDERANDO - Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como Organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR – actual MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN conforme Decretos N° 13/15 y N° 8/16 – cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional mediante la promoción, coordinación y seguimiento de las políticas de seguridad vial nacionales.- - Que conforme surge del artículo 4º incisos e), f), h) y j) de la Ley Nº 26.363, son funciones de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, crear y establecer las características y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión de la Licencia Nacional de Conducir; autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en su caso, los centros de emisión y/o impresión de las mismas; diseñar el sistema de puntos aplicables a la Licencia Nacional de Conducir, conforme a los principios generales y las pautas de procedimientos establecidos en la presente ley y su reglamentación; y entender en el Registro de las Licencias Nacionales de Conducir.

 

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