Boletín Oficial

SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

SECRETARÍA GENERAL SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE - Resolución 243/2019 - RESOL-2019-243-APN-SGAYDS#SGP

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2019 - VISTO: El expediente EX-2019-40419834-APN-DRIMAD#SGP del Registro de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, las Leyes Nº 22.344 y Nº 22.421, los Decretos Nº 522 de fecha 11 de junio de 1997 y Nº 666 de fecha 18 de julio de 1997, la Decisión Administrativa N° 311 de fecha 13 de enero de 2018, la Resolución de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 477 del 31 de mayo de 2006, las Resoluciones del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 151 de fecha 22 de marzo de 2017, N° 711 del 06 de octubre de 2017 y N° 766 del 24 de octubre de 2017, y - CONSIDERANDO: - Que la REPÚBLICA ARGENTINA es parte de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), aprobada mediante Ley Nº 22.344, la que tiene por objeto velar porque el comercio internacional en especímenes de especies de la fauna y flora silvestres no constituya una amenaza para su supervivencia.

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