AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL - Disposición 484/2019 -
DI-2019-484-APN-ANSV#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2019 - VISTO el expediente NºEX-2019-02054880--APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE
SEGURIDAD VIAL organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes Nº 24.449 y Nº 26.363 los Decretos
N° 779 del 20 de noviembre de 1995, N° 13 del 10 de diciembre de 2015 N° 8 del 5 de enero de 2016, N° 27 del 10 de enero de 2018, N° 26 del
07 de enero de 2019 y la DI-2019-48-APN-ANSV#MTR, la DI-2019-54-APN-ANSV#MTR y - CONSIDERANDO: - Que, mediante el artículo
1º de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL
como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL
INTERIOR – actual MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN, conforme
Decretos N° 13/15 y N° 8/16 - cuya misión es la reducción de la tasa
de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción,
coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad
vial, siendo tal como lo establece el artículo 3º de la mencionada
norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de
seguridad vial nacionales.- - Que, entre las funciones asignadas a la
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL por la Ley Nº 26.363 en su artículo
4º incisos e) se encuentra la de crear y establecer las
características y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión
de la Licencia Nacional de Conducir, y entender en las demás
competencias de habilitación que le fueran otorgadas por vía
reglamentaria para la circulación automotriz en la República
Argentina.